NO TRAER A NADIE OBLIGADO
- Del Libro "COMPASIÓN INFINITA" de Rubén
- 19 oct 2019
- 1 Min. de lectura
Las actividades espirituales no son guarderías adonde se traen a los niños porque el papá, la mamá o los abuelos no tienen con quién dejarlos. Por Compasión Divina, a los Grupos Espirituales no se deben traer personas obligadas o indignas, que vengan a no estar de acuerdo con lo que aquí se dice, como puede ser la pareja, un hijo o una amistad; no debe asistir nadie a quien no le guste lo que aquí se expresa, que no haga los decretos y que venga porque la pareja, la mamá, el hermano o la tía lo trajo contra su voluntad, por asuntos personales, por “re” o por “fa”.

Esa persona tiene derecho a ser liberada, y el facilitador la debe liberar antes de comenzar la actividad, diciéndole: “Yo te libero”.
Extracto del Libro “COMPASIÓN INFINITA” de Rubén Cedeño
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